Caso práctico · Gestión Comercial y Financiera
Caso práctico 1E01033: Ana Gutiérrez Romo, empresaria dedicada a la actividad de transporte de mercancías por
Enunciado
Ana Gutiérrez Romo, empresaria dedicada a la actividad de transporte de mercancías por carretera, es la poseedora legítima de una letra de cambio que le ha sido entregada por un cliente en pago de una serie de portes. La letra cambio tiene, entre otras, las siguientes características: -Contiene las indicaciones “a la vista” y “no a la orden”. -Consta como librado Julio Ramírez Calvo. -La letra fue librada por Fernando Gámez Ortiz. -En la letra aparece la expresión “por aval” con la firma de Andrés Burgos Pérez. Responda a las siguientes cuestiones: ¿Qué implica la expresión “no a la orden” en la letra de cambio? En caso de que no reciba pago alguno por la letra, ¿a quién puede reclamar el pago a parte del obligado principal? ¿Con qué tipo de acción? ¿Puede reclamar el pago simultáneamente a más de una persona?
- A A) Que no pudo recibirla por endoso. B) Al librado y al avalista mediante la acción de regreso. C) No, solo reclamar individualmente a uno de los obligados.
- B A) Que no es necesaria la aceptación previa para presentarla a cobro. B) Al librador, al librado y al avalista mediante la acción de regreso. C) No, solo reclamar individualmente a uno de los obligados.
- C A) Que la letra solo puede transmitirse por endoso. B) Al librado y al avalista mediante la acción de regreso. C) Sí, puede ir contra todos individual o conjuntamente.
- D A) Que no pudo recibirla por endoso. B) Al librador, al librado y al avalista mediante la acción de regreso. C) Sí, puede ir contra todos individual o conjuntamente. ✓
- E A) Que la letra solo puede transmitirse por endoso. B) Al librador, al librado y al avalista mediante la acción de regreso. C) No, solo reclamar individualmente a uno de los obligados.
- F A) Que no es necesaria la aceptación previa para presentarla a cobro. B) Al librado y al avalista mediante la acción de regreso. C) Sí, puede ir contra todos individual o conjuntamente.
- G A) Que no es necesaria la aceptación previa para presentarla a cobro. B) En primer lugar, al librador mediante la acción repositoria. C) Sí, puede ir contra todos individual o conjuntamente.
- H A) Que no pudo recibirla por endoso. B) En primer lugar, al librado mediante la acción ejecutoria. C) Sí, puede ir contra todos individual o conjuntamente.
Respuesta correcta: D
A) Que no pudo recibirla por endoso. B) Al librador, al librado y al avalista mediante la acción de regreso. C) Sí, puede ir contra todos individual o conjuntamente.
Por qué (inicio)
La cláusula «no a la orden» implica que la letra no es transmisible por endoso, de modo que Ana Gutiérrez no pudo recibirla por esa vía, sino por una cesión ordinaria. Si no obtiene el pago, puede…
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Normativa: Ley 19/1985, art. 11; Ley 19/1985, art. 25; Ley 19/1985, art. 36; Ley 19/1985, art. 50; Ley 19/1985, art. 57
Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.
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