En el transporte nacional por carretera, ¿cuándo podrá el porteador exigir del remitente la verificación del peso de las mercancías a transportar?
- A Cuando no exista contrato de transporte por escrito.
- B Si sospecha falsedad en la declaración del contenido de los bultos. ✓
- C En ningún caso.
- D Exclusivamente cuando haya contrato de transporte y se haya pactado esta posibilidad.
Respuesta correcta: B
Si sospecha falsedad en la declaración del contenido de los bultos.
Por qué
La verificación del peso o del contenido se activa ante la sospecha fundada de falsedad en la declaración. No hace falta pacto previo ni depende de que el contrato conste por escrito: es una facultad legal del porteador.
Normativa: Ley 15/2009, art. 26
Más preguntas de Derecho Civil
- En un transporte nacional de mercancías por carretera, ¿puede el transportista efectuar un…
- En un transporte nacional de mercancías por carretera, el porteador que se haya comprometido a…
- En el transporte nacional de mercancías por carretera, en caso de rehusar el consignatario las…
- En un transporte nacional de mercancías por carretera, ¿puede el transportista cambiar la ruta…
- En un transporte nacional de mercancías por carretera, en los servicios de paquetería en los…
- En el transporte nacional de mercancías por carretera, ¿qué se entiende por tiempo de…