En el transporte nacional de mercancías por carretera, ¿a qué se llama derecho de disposición sobre la mercancía?

  1. A A que la mercancía queda sometida a la custodia de la autoridad judicial.
  2. B No existe el derecho de disposición, se llama derecho de reposición.
  3. C A que el cargador puede suspender el transporte y/o variar la consignación, pero no variar la población de destino de las mercancías.
  4. D A que el cargador puede ordenar al porteador que detenga el transporte, que devuelva la mercancía a su origen o que la entregue en un lugar o a un destinatario diferente de los indicados en la carta de porte. ✓

Respuesta correcta: D

A que el cargador puede ordenar al porteador que detenga el transporte, que devuelva la mercancía a su origen o que la entregue en un lugar o a un destinatario diferente de los indicados en la carta de porte.

Por qué

El derecho de disposición es amplio: detener el transporte, devolver la mercancía al origen, cambiar el destinatario o el lugar de entrega. La opción que lo limita a no poder variar la población de destino es precisamente falsa.

Normativa: Ley 15/2009, art. 29

Más preguntas de Derecho Civil