En el transporte nacional de mercancías por carretera, ¿cuándo deberá el porteador poner el vehículo a disposición del cargador si no se pacta nada respecto a la hora?

  1. A El porteador puede presentarse a recoger el envío hasta las cero horas del día señalado.
  2. B El porteador puede presentarse a recoger el envío hasta 12 horas después del día señalado.
  3. C El porteador deberá presentarse a recoger el envío en el lugar y fecha pactados antes de las 12 horas.
  4. D El porteador debe presentarse antes de las 18 horas del día pactado. ✓

Respuesta correcta: D

El porteador debe presentarse antes de las 18 horas del día pactado.

Por qué

Sin hora pactada, el vehículo debe estar a disposición antes de las 18 horas del día convenido. Se evita así que una presentación a última hora del día obligue a cargar de madrugada.

Normativa: Ley 15/2009, art. 18

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