Si en una carta de porte CMR se incluye una cláusula en la que se invierte la carga de la prueba, ¿cómo calificaría esta cláusula el Convenio CMR?

  1. A Esta cláusula será nula. ✓
  2. B Esta cláusula será válida, siempre que la acepten las dos partes.
  3. C Esta cláusula será válida, aunque una de las partes se niegue a aceptarla.
  4. D Esta cláusula será válida solo en el transporte por carretera, no en el multimodal.

Respuesta correcta: A

Esta cláusula será nula.

Por qué

Es nula. El CMR prohíbe las cláusulas que alteren su régimen en perjuicio de quien reclama, y trasladar la carga de la prueba es justamente eso.

Normativa: Convenio CMR, art. 41

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