¿Cuál de las siguientes funciones no corresponde a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social?
- A Funciones de negociación del contenido de los convenios colectivos. ✓
- B Vigilar y exigir el cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y contenido normativo de los convenios colectivos en los ámbitos legalmente establecidos excepto en el ámbito de empleo y migraciones.
- C Funciones de arbitraje, conciliación y mediación, en los términos de la legislación vigente.
- D Emitir los informes que, en su caso, les soliciten los órganos judiciales competentes cuando así lo establezca una norma legal.
Respuesta correcta: A
Funciones de negociación del contenido de los convenios colectivos.
Por qué
Negociar convenios no le corresponde: eso es cosa de las partes. Sí ejerce arbitraje, conciliación y mediación, y emite informes para los tribunales.
Normativa: Ley 23/2015, art. 12
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