¿Cuál de las siguientes funciones no corresponde a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social?

  1. A Funciones de negociación del contenido de los convenios colectivos. ✓
  2. B Vigilar y exigir el cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y contenido normativo de los convenios colectivos en los ámbitos legalmente establecidos excepto en el ámbito de empleo y migraciones.
  3. C Funciones de arbitraje, conciliación y mediación, en los términos de la legislación vigente.
  4. D Emitir los informes que, en su caso, les soliciten los órganos judiciales competentes cuando así lo establezca una norma legal.

Respuesta correcta: A

Funciones de negociación del contenido de los convenios colectivos.

Por qué

Negociar convenios no le corresponde: eso es cosa de las partes. Sí ejerce arbitraje, conciliación y mediación, y emite informes para los tribunales.

Normativa: Ley 23/2015, art. 12

Más preguntas de Derecho Social