¿Quién puede conceder un aplazamiento en el pago de las deudas de la Seguridad Social?
- A Director General de Ordenación de la Seguridad Social para cuantías superiores a 50.000€.
- B Oficina integral de la Seguridad Social.
- C Tesorería General de la Seguridad Social. ✓
- D Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Respuesta correcta: C
Tesorería General de la Seguridad Social.
Por qué
La Tesorería General de la Seguridad Social, que es el órgano recaudador. El INSS gestiona prestaciones, no cobros.
Normativa: RD 1415/2004, art. 31
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