¿En qué caso puede contratarse a un trabajador de manera temporal?

  1. A Solo si se trata de un contrato formativo.
  2. B Cuando el exista un exceso ocasional e imprevisible de trabajo que lo requiera. ✓
  3. C Cuando libremente lo acuerden las partes.
  4. D Siempre que el empresario lo considere oportuno.

Respuesta correcta: B

Cuando el exista un exceso ocasional e imprevisible de trabajo que lo requiera.

Por qué

Cuando hay un exceso ocasional e imprevisible de trabajo. Tras la reforma laboral, la temporalidad exige causa: el acuerdo de las partes no basta.

Normativa: RD Legislativo 2/2015, art. 15

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