Cuando hay un cambio en la titularidad de la empresa por actos inter vivos, ¿cómo responden el empresario cedente y el cesionario?
- A Ambos responden solidariamente, durante 3 años, de las obligaciones laborales no satisfechas nacidas antes de la transmisión. ✓
- B El empresario cedente es responsable único del pago de las obligaciones laborales no satisfechas antes de la transmisión.
- C El empresario cesionario responde subsidiariamente, durante 3 años, de las obligaciones laborales no satisfechas antes de la transmisión.
- D El empresario cedente responde de las obligaciones laborales no satisfechas antes de la transmisión. Si este fuera insolvente, las obligaciones serían satisfechas por el Fondo de Garantía Salarial en la cuantía legalmente establecida.
Respuesta correcta: A
Ambos responden solidariamente, durante 3 años, de las obligaciones laborales no satisfechas nacidas antes de la transmisión.
Por qué
Responden solidariamente durante tres años por las obligaciones anteriores a la transmisión. Así se evita que la venta de la empresa sirva para dejar deudas atrás.
Normativa: RD Legislativo 2/2015, art. 44
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