¿Qué podrá hacer una empresa que efectúa declaraciones-liquidaciones trimestrales de IVA, si en el primer trimestre tiene deducciones que superan la cuota devengada?

  1. A Pagar la cuota devengada.
  2. B Pedir la devolución de las deducciones no compensadas.
  3. C Compensar el exceso de deducciones en el siguiente trimestre. ✓
  4. D No presentar la liquidación de ese trimestre.

Respuesta correcta: C

Compensar el exceso de deducciones en el siguiente trimestre.

Por qué

En un trimestre intermedio solo cabe compensar el exceso en los siguientes. La devolución se solicita en la última declaración del año, no trimestre a trimestre.

Normativa: Ley 37/1992, art. 99; Ley 37/1992, art. 115

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