¿Cuál es la cuota mínima por operaciones corrientes en el régimen simplificado del IVA, aplicable a la actividad de transporte de mercancías por carretera, excepto residuos?

  1. A El 30 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.
  2. B El 20 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.
  3. C El 10 % de la cuota devengada por operaciones corrientes. ✓
  4. D No existe cuota mínima por operaciones corrientes.

Respuesta correcta: C

El 10 % de la cuota devengada por operaciones corrientes.

Por qué

El 10 % de la cuota devengada por operaciones corrientes. Funciona como suelo: por muchas cuotas soportadas que haya, siempre se ingresa al menos esa cantidad.

Normativa: OM HAC/1425/2025, Anexo II

Más preguntas de Derecho Fiscal