Caso práctico · Derecho Civil
Caso práctico 1A02001: La agencia de transporte LAPAD contrata, con la empresa MARCI S.L., un transporte
Enunciado
La agencia de transporte LAPAD contrata, con la empresa MARCI S.L., un transporte nacional de rollos de cable. Cuando llega el camión, con el que se va a realizar el servicio, al lugar de carga, esta no puede completarse ya que no cuenta con suficientes medios de sujeción para todos los rollos que debe transportar. Como consecuencia de la falta de medios, el pedido de cable se entrega con 24 horas de retraso, lo que supone para CABLESA, propietaria del mismo, la obligación de indemnizar económicamente a su cliente de Sevilla. Entre las instrucciones que la agencia da al transportista se hace incidencia en no utilizar, durante el transporte, autopistas de peaje. No obstante, y dado que la utilización de dichas vías supone un recorrido más adecuado al ser el más corto entre el origen y el destino, el transporte lo realiza por ese tipo de vías. En consecuencia, las mercancías se entregan con 2 horas de antelación sobre la hora establecida por el cargador, con un ahorro de combustible de 45 € y un gasto en peaje de 80 €. A la llegada del vehículo a destino, el encargado del almacén en el que se ha efectuar la descarga se niega a efectuarla. El transportista, ante esa negativa, solicita instrucciones a LAPAD. Al día siguiente le comunica que debe esperar en el lugar de la descarga y que esta se hará ese mismo día durante la mañana. Finalmente se procede a realizarla a las 11 de la mañana. Responda a las siguientes cuestiones: ¿Tiene alguna responsabilidad la agencia de transporte respecto del retraso? ¿Qué cantidad extra tiene derecho a cobrar el transportista en relación con el cambio de recorrido? ¿Tiene derecho el transportista a pedir indemnización por el retraso en la descarga? ¿A quién?
- A A) No, el transportista debe responder frente al cargador del contrato de la adecuación de los medios materiales aportados. B) Tiene derecho a cobrar el coste del peaje como mejora del contrato al haberse realizado la entrega antes del plazo. C) Sí, el porteador tiene derecho a exigir, al destinatario, el pago de los gastos y perjuicios que le ocasionen el retraso o la falta de colaboración en la entrega de las mercancías.
- B A) Sí, responde frente a su cargador de la adecuación de los medios materiales aportados por el transportista con el que contrató. B) Ninguna ya que como el itinerario está pactado, el porteador no puede realizarlo por una ruta distinta. Son de su cuenta los costes que, en su caso, implique el cambio, salvo causa de fuerza mayor. C) Sí, el porteador tiene derecho a exigir, a la agencia de transportes, el pago de los gastos y perjuicios que le ocasionen el retraso o la falta de instrucciones relacionadas con la negativa del destinatario a recibir las mercancías. ✓
- C A) No, el transportista debe responder frente al cargador del contrato de la adecuación de los medios materiales aportados. B) Ninguna ya que como el itinerario está pactado, el porteador no puede realizarlo por una ruta distinta. Son de su cuenta los costes que, en su caso, implique el cambio, salvo causa de fuerza mayor. C) Sí, el porteador tiene derecho a exigir, a la agencia de transportes, el pago de los gastos y perjuicios que le ocasionen el retraso o la falta de instrucciones relacionadas con la negativa del destinatario a recibir las mercancías.
- D A) No, la responsabilidad debe exigirla el cargador del transporte directamente al transportista. B) Sí, el porteador tiene derecho a exigir, al destinatario, el pago de los costes ocasionados para mejorar el plazo de entrega de las mercancías. C) Sí, el porteador tiene derecho a exigir, a cualquiera de las partes del contrato, incluido el destinatario, el pago de los gastos y perjuicios que le ocasionen el retraso o la falta de instrucciones relacionadas con las descarga del vehículo.
- E A) Sí, responde frente a su cargador de la adecuación de los medios materiales aportados por el transportista con el que contrató. B) Tiene derecho a cobrar el coste del peaje como mejora del contrato al hacerse realizado la entrega antes del plazo. C) Sí, el porteador tiene derecho a exigir, a la agencia de transportes, el pago de los gastos y perjuicios que le ocasionen el retraso o la falta de instrucciones relacionadas con la negativa del destinatario a recibir las mercancías.
- F A) Sí, responde solidariamente con el transportista, frente a su cargador de la adecuación de los medios materiales aportados por el transportista con el que contrató. B) Ninguna ya que como el itinerario está pactado, el porteador no puede realizarlo por una ruta distinta. Son de su cuenta los costes que, en su caso implique el cambio, salvo causa de fuerza mayor. C) Sí, el porteador tiene derecho a exigir una indemnización al destinatario de la que responderá subsidiariamente el cargador.
- G A) Sí, responde frente a su cargador de la adecuación de los medios materiales aportados por el transportista con el que contrató. B) Tiene derecho a cobrar el coste del peaje como mejora del contrato al hacerse realizado la entrega antes del plazo. C) Sí, el porteador tiene derecho a exigir, al destinatario, el pago de los gastos y perjuicios que le ocasionen el retraso o la falta de colaboración en la entrega de las mercancías.
- H A) Sí, responde frente a su cargador de la adecuación de los medios materiales aportados por el transportista con el que contrató. B) Tiene derecho a cobrar los gastos del peaje por estar relacionados con una mejora en el contrato. C) Sí, el porteador tiene derecho a exigir una indemnización al destinatario.
Respuesta correcta: B
A) Sí, responde frente a su cargador de la adecuación de los medios materiales aportados por el transportista con el que contrató. B) Ninguna ya que como el itinerario está pactado, el porteador no puede realizarlo por una ruta distinta. Son de su cuenta los costes que, en su caso, implique el cambio, salvo causa de fuerza mayor. C) Sí, el porteador tiene derecho a exigir, a la agencia de transportes, el pago de los gastos y perjuicios que le ocasionen el retraso o la falta de instrucciones relacionadas con la negativa del destinatario a recibir las mercancías.
Por qué
La agencia sí responde: cuando contrata el transporte en nombre propio actúa como porteador frente a su cargador, de modo que responde ante él de la adecuación de los medios materiales que aporta el transportista con el que subcontrató, incluidos los medios de sujeción de la carga. Por el cambio de itinerario no puede cobrar nada: si la ruta está pactada, el porteador no puede alterarla, y los costes que implique el cambio son de su cuenta salvo fuerza mayor, así que los 80 euros de peaje los pierde aunque haya entregado antes de plazo y ahorrado combustible. Y por la espera en la descarga sí puede reclamar, pero a la agencia, que es su cargador contractual, no al destinatario: el porteador tiene derecho a exigir los gastos y perjuicios que le ocasionen el retraso o la falta de instrucciones.
Normativa: Ley 15/2009, art. 36; OM FOM/1882/2012, Anexo, 4.1; OM FOM/1882/2012, art. 5.4; OM FOM/1882/2012, art. 5.5
Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.
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