Caso práctico · Derecho Civil

Caso práctico 1A02013: La empresa KASH S.A., especializada en fabricar embalajes de plástico, necesita

Enunciado

La empresa KASH S.A., especializada en fabricar embalajes de plástico, necesita transportar 20.000 unidades de su producto desde su almacén de Logroño a otro de un cliente situado en Calatayud. Para ello contrata a la empresa de transportes RAGA S.L. KASH S.A. solicita que el vehículo de la empresa de transporte se presente en el almacén a las 9:00 horas del día siguiente para efectuar la carga de la mercancía. Al día siguiente, a las 10:00 aún no ha aparecido el vehículo que debía hacer el transporte por lo que la cargadora busca inmediatamente otra empresa para que haga el servicio sin comunicarlo a RAGA S.L. La nueva empresa transportista, OPE S.A., envía un vehículo al almacén y, una vez puesto a disposición de la cargadora, se le indica al conductor que debe realizar las operaciones de carga y estiba. Puesto en contacto el conductor con su empresa, esta le indica que tiene derecho a negarse. Se lleva a cabo el transporte y, en el lugar de la descarga, el destinatario se niega a firmar el documento de entrega alegando discrepancias, en relación con el envío, con el cargador. El transportista solicita instrucciones al cargador y, transcurridas tres horas sin haberlas recibido, decide dirigirse a la Junta Arbitral solicitando el depósito y enajenación de las mercancías. Responda a las siguientes cuestiones: ¿Es correcta la actuación de KASH S.A. en relación con la búsqueda de un nuevo porteador? ¿Debe cargar el vehículo la empresa OPE S.A.? ¿Cuál debe ser la actuación de la Junta Arbitral?

  1. A A) Sí, ya que, si el porteador no cumple el plazo de puesta a disposición del vehículo, el cargador puede desistir del contrato y buscar inmediatamente otro porteador. B) No, el transportista únicamente debe realizar las operaciones de carga cuando expresamente las asuma antes de la efectiva presentación del vehículo para su carga. C) Aceptar la constitución del depósito las mercancías, pero no la enajenación. ✓
  2. B A) Sí, ya que, si el porteador no cumple el plazo de puesta a disposición del vehículo, el cargador puede desistir del contrato y buscar inmediatamente otro porteador. B) Sí, el transportista debe realizar las operaciones de carga salvo pacto en contrario. C) Aceptar directamente la enajenación inmediata de las mercancías.
  3. C A) No, ya que, si el porteador no cumple el plazo de puesta a disposición del vehículo, el cargador debe esperar 2 horas antes de desistir del contrato y buscar otro porteador. B) Sí, el transportista debe realizar las operaciones de carga en el momento en que sea requerido por el cargador para hacerlo. C) Aceptar la constitución del depósito de las mercancías condicionando la enajenación a las alegaciones que puede presentar el destinatario.
  4. D A) Sí, ya que, si el porteador no cumple el plazo de puesta a disposición del vehículo, el cargador puede desistir del contrato y buscar inmediatamente otro porteador. B) Sí, el transportista únicamente debe realizar las operaciones de carga, salvo que expresamente se las reserve el expedidor en el contrato. C) Aceptar la constitución del depósito de las mercancías y la enajenación posterior.
  5. E A) No, ya que, si el porteador no cumple el plazo de puesta a disposición del vehículo, el cargador debe requerirle para que cumpla y esperar 2 horas antes de buscar otro porteador. B) Sí, el transportista debe realizar las operaciones de carga en el momento en que sea requerido para hacerlo por el cargador. C) Aceptar la constitución del depósito de las mercancías, pero no la enajenación.
  6. F A) No, ya que, si el porteador no cumple al plazo de puesta a disposición del vehículo, el cargador debe esperar 2 horas antes de desistir del contrato y buscar otro porteador. B) No, el transportista únicamente debe realizar las operaciones de carga cuando expresamente las asuma antes de la efectiva presentación del vehículo para su carga. C) Aceptar la constitución del depósito de las mercancías y la enajenación posterior.
  7. G A) Sí, ya que, si el porteador no cumple el plazo de puesta a disposición del vehículo, el cargador puede desistir del contrato y buscar inmediatamente otro porteador. B) Sí, el transportista debe realizar las operaciones de carga en el momento en que sea requerido por el cargador para hacerlo. C) Aceptar la constitución del depósito de las mercancías y realizar la enajenación en el plazo de 15 días.
  8. H A) No, ya que, si el porteador no cumple el plazo de puesta a disposición del vehículo, el cargador debe esperar 2 horas antes de desistir del contrato y buscar otro porteador. B) No, el transportista únicamente debe realizar las operaciones de carga cuando expresamente las asuma antes de la efectiva presentación del vehículo para su carga. C) Aceptar directamente la enajenación inmediata de las mercancías.

Respuesta correcta: A

A) Sí, ya que, si el porteador no cumple el plazo de puesta a disposición del vehículo, el cargador puede desistir del contrato y buscar inmediatamente otro porteador. B) No, el transportista únicamente debe realizar las operaciones de carga cuando expresamente las asuma antes de la efectiva presentación del vehículo para su carga. C) Aceptar la constitución del depósito las mercancías, pero no la enajenación.

Por qué

La actuación de KASH es correcta: si el porteador no cumple el plazo de puesta a disposición del vehículo, el cargador puede desistir de esa expedición y buscar inmediatamente otro porteador, sin tener que avisarle ni esperar un plazo adicional. OPE no tiene que cargar: la carga corresponde al cargador, y el transportista solo la asume si lo hace expresamente antes de la efectiva presentación del vehículo; requerirlo en el momento de la carga no le obliga. Y la Junta Arbitral debe aceptar el depósito de las mercancías pero no su enajenación: la venta solo procede cuando las mercancías son perecederas o cuando su valor no cubre los gastos, y aquí se trata de embalajes de plástico que ni se deterioran ni plantean ese problema.

Normativa: Ley 15/2009, art. 18; Ley 15/2009, art. 20; Ley 15/2009, art. 44

Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.

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