Caso práctico · Derecho Civil

Caso práctico 1A02014: La empresa VIOD S.L. ha realizado un transporte de carne roja picada con destino al

Enunciado

La empresa VIOD S.L. ha realizado un transporte de carne roja picada con destino al centro de procesado de la empresa UBI S.A. Al llegar al punto de destino no se permite la descarga de la carne alegando que no es del tipo que se había acordado con el distribuidor. El vehículo llega a destino a las 10:00 horas y, tras varios intentos fallidos de acordar la descarga del vehículo, VIOD solicita instrucciones a su cargador a las 11:00 horas. Ante la falta de instrucciones de este, solicita, a las 12:30 horas, la actuación de la Junta Arbitral. En el escrito de solicitud de actuación, el transportista solicita el depósito de la mercancía y su inmediata enajenación para poder cobrar el precio del transporte alegando falta de liquidez. La Junta acepta la solicitud en cuanto al depósito, pero deniega la enajenación. Basa su negativa en que el fundamento del transportista no es suficiente para justificar la enajenación inmediata de las mercancías. Ante la respuesta de la Junta, el transportista alquila una nave para depositar, él mismo, el cargamento y realizar su venta posteriormente. Procede, después, a abrir los bultos que componen el transporte, comprobando que su contenido ya es completamente inservible. Responda a las siguientes cuestiones: ¿Cumplió el plazo de espera de instrucciones del cargador la empresa transportista? ¿Es correcto el rechazo a la inmediata enajenación de las mercancías expresado por la Junta Arbitral? ¿Que puede hacer el transportista tras comprobar el mal estado de las mercancías?

  1. A A) Sí, ya que al tratarse de mercancías perecederas puede actuar incluso sin esperar instrucciones del cargador. B) Sí, ya que está lo suficientemente justificada por el solicitante. C) Devolverla al cargador y reclamarle daños y perjuicios junto con los portes impagados.
  2. B A) No, ya que una vez solicitadas instrucciones al cargador, debe esperar 2 horas antes de entender que no las va a recibir. B) Sí, ya que la enajenación debe ser solicitada una vez el depósito está efectuado y la mercancía reconocida por un perito designado por la Junta. C) Destruirla y reclamar los gastos totales del transporte y almacenaje al cargador.
  3. C A) Sí, ya que al tratarse de mercancías perecederas, puede actuar incluso sin esperar instrucciones del cargador. B) No, ya que está justificada la enajenación por la naturaleza perecedera de las mercancías. C) Destruirla y reclamar los gastos totales del transporte y almacenaje al cargador. ✓
  4. D A) No, ya que no puede actuar sin recibir instrucciones del cargador al respecto. B) Sí, ya que la enajenación debe ser solicitada una vez el depósito está efectuado y la mercancía reconocida por un perito designado por la Junta. C) Destruirla y reclamar los gastos totales del transporte y almacenaje al cargador.
  5. E A) No, ya que una vez solicitadas instrucciones al cargador, debe esperar 2 horas antes de entender que no las va a recibir. B) Sí, ya que está lo suficientemente justificada por el solicitante. C) Destruirla y reclamar los gastos totales del transporte y almacenaje al cargador.
  6. F A) Sí, ya que al tratarse de mercancías perecederas, puede actuar incluso sin esperar instrucciones del cargador. B) Sí, ya que la enajenación debe ser solicitada una vez el depósito está efectuado y la mercancía reconocida por un perito designado por la Junta. C) Destruirla y reclamar los gastos totales del transporte y almacenaje al cargador.
  7. G A) No, ya que no puede actuar sin recibir instrucciones del cargador al respecto. B) No, ya que está justificada la enajenación por la naturaleza perecedera de las mercancías. C) Devolverla al cargador y reclamarle daños y perjuicios junto con los portes impagados.
  8. H A) No, ya que una vez solicitadas instrucciones al cargador, debe esperar 2 horas antes de entender que no las va a recibir. B) Sí, ya que depósito y enajenación no pueden solicitarse conjuntamente. C) Destruirla y reclamar los gastos de almacenaje y destrucción al destinatario.

Respuesta correcta: C

A) Sí, ya que al tratarse de mercancías perecederas, puede actuar incluso sin esperar instrucciones del cargador. B) No, ya que está justificada la enajenación por la naturaleza perecedera de las mercancías. C) Destruirla y reclamar los gastos totales del transporte y almacenaje al cargador.

Por qué

El plazo de espera se cumplió con holgura, porque al tratarse de mercancías perecederas el transportista puede adoptar medidas incluso sin esperar instrucciones del cargador: la urgencia desplaza la regla general de las dos horas. Por eso el rechazo de la Junta Arbitral no es correcto: la naturaleza perecedera de la carne picada justifica por sí sola la enajenación inmediata, que es precisamente el supuesto que la ley contempla. Y una vez comprobado que la mercancía ya es inservible, lo que procede es destruirla y reclamar al cargador los gastos totales del transporte y del almacenaje; no tiene sentido devolver una mercancía inútil.

Normativa: Ley 15/2009, art. 36; Ley 15/2009, art. 44; OM FOM/1882/2012, Anexo, 6.6; OM FOM/1882/2012, Anexo 5.12

Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.

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