Caso práctico · Derecho Civil
Caso práctico 1A02011: La empresa JAFET S.A. acaba de realizar un transporte con destino a los almacenes de
Enunciado
La empresa JAFET S.A. acaba de realizar un transporte con destino a los almacenes de LOPISA. El transporte se había documentado en una carta de porte en la que se otorga derecho de disposición al destinatario y cuyo segundo ejemplar ha sido entregado por el conductor de la empresa transportista al encargado del almacén de destino. En ese momento, el encargado del almacén, antes de iniciar la descarga, hace constar, en el ejemplar de la carta de porte, un nuevo destino para la mercancía, indicando además que se resarcirá a la empresa de transportes de todos los gastos ocasionados por el cambio de destino. La empresa transportista se niega a aceptar los cambios y amenaza con depositar las mercancías ante la Junta Arbitral si no se procede de inmediato a su descarga. Una vez aceptado por la empresa transportista el cambio de destino, se entrega al conductor el ejemplar de la carta de porte con las nuevas instrucciones, manteniendo la referencia al poder de disposición por parte del destinatario. También se indica en la carta de porte que el itinerario que debe seguir el transportista será el más adecuado, sin añadir nada más al respecto. Presentado en el nuevo lugar de destino y entregado el ejemplar de la carta de porte al nuevo consignatario, este indica en la misma un nuevo destino para la mercancía. Ante el nuevo cambio de destino, el transportista se niega en redondo a aceptarlo, exigiendo la inmediata descarga de la mercancía. Responda a las siguientes cuestiones: ¿Es correcta la negativa del transportista a aceptar las nuevas instrucciones del destinatario? ¿Que debe entender el transportista como itinerario más adecuado? ¿Es justificada la negativa del transportista a aceptar un nuevo cambio de destinatario?
- A A) No, ya que en la carta de porte le otorga derecho de disposición al destinatario y este lo ejerce formalmente con las instrucciones en la misma. B) El que suponga un recorrido más económico y seguro entre el origen y el destino del transporte. C) No, ya que si cualquier destinatario ejercita el derecho de disposición, el transportista debe seguir sus instrucciones.
- B A) Sí, porque el derecho de disposición corresponde únicamente al cargador. B) El que suponga un recorrido más económico y seguro entre el origen y el destino del transporte. C) Sí, ya que la norma establece que, si el destinatario ejercita el derecho de disposición ordenando entregar la mercancía a otra persona, esta, a su vez, no puede designar un nuevo destinatario.
- C A) No, ya que en la carta de porte se otorga derecho de disposición al destinatario y este lo ejerce formalmente con las instrucciones en la misma. B) El que suponga un recorrido más corto entre el origen y el destino del transporte. C) Sí, ya que la norma establece que, si el destinatario ejercita el derecho de disposición ordenando entregar la mercancía a otra persona, esta, a su vez, no puede designar un nuevo destinatario. ✓
- D A) Sí, porque el derecho de disposición puede tenerlo el destinatario únicamente a partir de la recepción de las mercancías. B) El que suponga el recorrido más usual entre el origen y el destino del transporte. C) Sí, ya que la norma establece que, si el destinatario ejercita el derecho de disposición ordenando entregar la mercancía a otra persona, esta, a su vez, no puede designar un nuevo destinatario.
- E A) Sí, porque el derecho de disposición corresponde únicamente al cargador. B) El que suponga un recorrido más corto entre el origen y el destino del transporte. C) No, ya que la norma otorga derecho de disposición a cualquier destinatario, sin limitación alguna.
- F A) No, ya que en la carta de porte se otorga derecho de disposición al destinatario y este lo ejerce formalmente con las instrucciones en la misma. B) El que suponga un recorrido más corto entre el origen y el destino del transporte. C) No, ya que la norma otorga derecho de disposición a cualquier destinatario, sin limitación alguna.
- G A) Sí, porque el derecho de disposición puede tenerlo el destinatario únicamente a partir de la recepción de las mercancías. B) El que suponga un recorrido más económico y seguro entre el origen y el destino del transporte. C) Sí, ya que la norma establece que, si el destinatario ejercita el derecho de disposición ordenando entregar la mercancía a otra persona, esta, a su vez, no puede designar un nuevo destinatario.
- H A) Sí, porque el derecho de disposición puede tenerlo el destinatario únicamente a partir de la recepción de las mercancías. B) El que suponga un recorrido más corto entre el origen y el destino del transporte. C) No, ya que si cualquier destinatario ejercita el derecho de disposición, el transportista debe seguir sus instrucciones.
Respuesta correcta: C
A) No, ya que en la carta de porte se otorga derecho de disposición al destinatario y este lo ejerce formalmente con las instrucciones en la misma. B) El que suponga un recorrido más corto entre el origen y el destino del transporte. C) Sí, ya que la norma establece que, si el destinatario ejercita el derecho de disposición ordenando entregar la mercancía a otra persona, esta, a su vez, no puede designar un nuevo destinatario.
Por qué
La primera negativa no es correcta: la carta de porte atribuía expresamente el derecho de disposición al destinatario y este lo ejerció en la forma debida, anotando las nuevas instrucciones en el ejemplar que se le entregó, de modo que el transportista tenía que acatarlas. El itinerario más adecuado, a falta de mayor concreción, es el más corto entre el origen y el destino, no el más económico ni el más habitual. Y la segunda negativa sí está justificada, porque la ley pone un límite en cadena: si el destinatario usa el derecho de disposición para ordenar la entrega a otra persona, esa nueva persona ya no puede a su vez designar otro destinatario.
Normativa: Ley 15/2009, art. 29; Ley 15/2009, art. 30; OM FOM/1882/2012, Anexo, 5.5
Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.
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