Caso práctico · Derecho Civil

Caso práctico 1A02064: La empresa GARCI S.L., fabricante de productos de oficina, contrata los servicios de la

Enunciado

La empresa GARCI S.L., fabricante de productos de oficina, contrata los servicios de la empresa YAADE S.A. para realizar el transporte de un envío de sus productos hasta el establecimiento de un cliente. Una vez finalizada la carga y comprobado el buen estado de todos los embalajes, ambas partes firman una carta de porte y YAADE S.A. inicia el transporte. Durante el mismo, GARCI S.L. se pone en contacto con el conductor para indicarle que debe volver al punto inicial del transporte ya que ha habido un error al cargar bultos cuyo destino no corresponde con el del transporte que se está realizando. La comunicación se realiza por vía telefónica. En el contrato de transporte se había pactado que el precio del transporte sería pagado por el destinatario a la entrega de las mercancías. Producida la entrega, no se produjo el pago. Las reiteradas solicitudes de cobro por parte del porteador no fueron contestadas. Ante esta actitud, la empresa de transportes presentó una reclamación ante la Junta Arbitral del Transporte contra la empresa cargadora. Emitido el laudo, la empresa GARCI S.L., dada su absoluto desacuerdo, se planteó presentar un recurso contra el mismo. RESPONDA A LAS SIGUIENTES CUESTIONES: ¿Podría el transportista negarse a acatar las nuevas instrucciones del cargador? ¿Estaba bien efectuada la reclamación a la empresa cargadora cuando la responsabilidad del pago era de la destinataria? ¿Qué podía hacer la empresa YAADE S.A. contra el laudo?

  1. A A) No, ya que el derecho de disposición que corresponde al cargador obliga al porteador durante toda la ejecución del contrato de transporte. B) Sí, porque era responsable subsidiaria en caso de impago. C) Presentar un recurso de alzada ante el Director General de Transportes del que dependa la Junta Arbitral.
  2. B A) Sí, ya que formalmente, el ejercicio del derecho de disposición tiene que documentarse en el primer ejemplar de la carta de porte que debe presentar al porteador. B) No, porque no era responsable en caso de impago. C) Presentar un recurso de revisión ante el Presidente de la Junta Arbitral.
  3. C A) Sí, ya que formalmente, el ejercicio del derecho de disposición tiene que documentarse en el primer ejemplar de la carta de porte que debe presentar al porteador. B) No, porque no era responsable en caso de impago. C) Solo podía ejercitar la acción de anulación por los motivos que expresamente permite la ley.
  4. D A) Sí, ya que formalmente el ejercicio del derecho de disposición tiene que documentarse en el primer ejemplar de la carta de porte que debe presentar al porteador. B) Sí, porque era responsable subsidiaria en caso de impago. C) Presentar un recurso de reposición ante el Director General de Transportes del que dependa la Junta Arbitral.
  5. E A) No, ya que el derecho de disposición que corresponde al cargador obliga al porteador durante toda la ejecución del contrato de transporte. B) Sí, porque era responsable subsidiaria en caso de impago. C) Solo podía ejercitar la acción de anulación por los motivos que expresamente permite la ley.
  6. F A) Sí, ya que formalmente, el ejercicio del derecho de disposición tiene que documentarse en el primer ejemplar de la carta de porte que debe presentar al porteador. B) No, porque no era responsable en caso de impago. C) Presentar un recurso de revisión ante el órgano judicial competente.
  7. G A) Sí, ya que formalmente el ejercicio del derecho de disposición tiene que documentarse en el primer ejemplar de la carta de porte que debe presentar al porteador. B) Sí, porque era responsable subsidiaria en caso de impago. C) Solo podía ejercitar la acción de anulación por los motivos que expresamente permite la ley. ✓
  8. H A) No, ya que el derecho de disposición que corresponde al cargador obliga al porteador durante toda la ejecución del contrato de transporte. B) Sí, porque era responsable subsidiaria en caso de impago. C) Presentar un recurso de revisión ante el Presidente de la Junta Arbitral.

Respuesta correcta: G

A) Sí, ya que formalmente el ejercicio del derecho de disposición tiene que documentarse en el primer ejemplar de la carta de porte que debe presentar al porteador. B) Sí, porque era responsable subsidiaria en caso de impago. C) Solo podía ejercitar la acción de anulación por los motivos que expresamente permite la ley.

Por qué (inicio)

El transportista sí puede negarse a las instrucciones telefónicas, porque el ejercicio del derecho de disposición es formal: debe documentarse en el primer ejemplar de la carta de porte y…

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Normativa: Ley 15/2009, art. 30; Ley 15/2009, art. 37; Ley 60/2003, art. 40; Ley 60/2003, art. 41; Ley 15/2009, art. 29

Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.

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