Caso práctico · Derecho Social

Caso práctico 1C04073: El Sr. Orozco conduce habitualmente el vehículo XXXX LJK, de 28 Tm de MMA. El citado

Enunciado

El Sr. Orozco conduce habitualmente el vehículo XXXX LJK, de 28 Tm de MMA. El citado conductor, el 5 de febrero, comenzó la jornada a las 6:30 horas y la finalizó a las 20:00. Durante la jornada realizó varios descansos de 2 horas. Después de dejar su vehículo,en un lugar diferente a la sede de la empresa, a las 20:00, tuvo que realizar un viaje en autobús de tres horas para llegar a su domicilio. La jornada del viernes 6 la comenzó a las 7:30 horas. El día 18 de febrero, mientras realizaba un transporte de fruta que debía entregar ese mismo día, hubo importantes retenciones en la vía que debía utilizar. Como consecuencia de las mismas, y para poder cumplir el contrato de transporte, realizó una conducción de 6 horas sin realizar las interrupciones reglamentarias. El Sr. Orozco, tras un descanso semanal de 35 horas, efectuó, entre el lunes 20 y el domingo 26, las siguientes actividades laborales: -Días 20 y 21 de febrero: conducción de 10 horas. Descanso diario de 9 horas. -Día 22 de febrero: conducción de 9 horas. Descanso diario de 9 horas. -Día 23 de febrero: conducción de 4 horas. Descanso diario de 18 horas. -Día 24 de febrero: conducción de 9 horas. Descanso diario de 9 horas. -Día 25 de febrero: conducción de 9 horas. Descanso diario de 9 horas. -Día 26 de febrero: conducción de 4 horas. Descanso diario de 18 horas. RESPONDA A LAS SIGUIENTES CUESTIONES: ¿Respetó lo establecido en el R (CE) 561/2006, el descanso diario entre las jornadas del 5 y el 6 de febrero? ¿Cometió infracción en la jornada del 14 de marzo o el incumplimiento de la norma está justificado? ¿Cumplió el Sr. Orozco con los tiempos de conducción y descanso regulados en el R (CE) 561/2006la semana del 20 al 26 de febrero?

  1. A A) Sí, ya que el descanso máximo en el período de 24 horas fue de 10 horas y media. B) Sí, cometió infracción por conducción ininterrumpida. C) No realiza un descanso semanal de, al menos, 24 horas después de seis períodos de conducción.
  2. B A) No, ya que el descanso máximo en el período de 24 horas fue de 7 horas y media. B) Sí, cometió infracción por conducción ininterrumpida. C) No, ya que realiza 4 descansos diarios reducidos. No realiza un descanso semanal de, al menos, 24 horas después de seis períodos de conducción. ✓
  3. C A) No, ya que el descanso máximo en el período de 24 horas fue de 7 horas y media. B) Sí, cometió infracción por conducción ininterrumpida pero el incumplimiento está justificado por la propia normativa. C) No, ya que realiza 4 descansos diarios reducidos. No realiza un descanso semanal de, al menos, 24 horas después de seis períodos de conducción.
  4. D A) Sí, ya que el descanso máximo en el período de 24 horas fue de 10 horas y media. B) No cometió infracción alguna ya que el exceso producido es una de las excepciones contempladas por la norma. C) No, ya que realiza 4 descansos diarios reducidos. No realiza un descanso semanal de, al menos, 24 horas después de seis períodos de conducción.
  5. E A) No, ya que el descanso máximo en el período de 24 horas fue de 7 horas y media. B) No cometió infracción alguna ya que el exceso producido es una de las excepciones contempladas por la norma. C) No realiza un descanso semanal de, al menos, 24 horas después de seis períodos de conducción.
  6. F A) No, ya que el descanso máximo en el período de 24 horas fue de 7 horas y media. B) Sí, cometió infracción por conducción ininterrumpida. C) No realiza un descanso semanal de, al menos, 24 horas después de seis períodos de conducción.
  7. G A) Sí, ya que el descanso máximo en el período de 24 horas fue de 10 horas y media. B) Sí, cometió infracción por conducción ininterrumpida. C) No, ya que realiza 4 descansos diarios reducidos. No realiza un descanso semanal de, al menos, 24 horas después de seis períodos de conducción.
  8. H A) Sí, ya que el descanso máximo en el período de 24 horas fue de 10 horas y media. B) Sí, cometió infracción por conducción ininterrumpida pero el incumplimiento está justicado por la propia normativa. C) No, ya que realiza 4 descansos diarios reducidos. No realiza un descanso semanal de, al menos, 24 horas después de seis períodos de conducción.

Respuesta correcta: B

A) No, ya que el descanso máximo en el período de 24 horas fue de 7 horas y media. B) Sí, cometió infracción por conducción ininterrumpida. C) No, ya que realiza 4 descansos diarios reducidos. No realiza un descanso semanal de, al menos, 24 horas después de seis períodos de conducción.

Por qué (inicio)

El descanso entre el 5 y el 6 de febrero no cumple: el viaje de tres horas en autobús desde el lugar donde deja el vehículo no cuenta como descanso, así que queda libre a las 23:00 y, como el…

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Normativa: Reglamento comunitario (CE) 561/2006, art. 7; Reglamento comunitario (CE) 561/2006, art. 8

Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.

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