En un transporte nacional de mercancías por carretera, el porteador que no haya sido informado de la peligrosidad de las mercancías, ¿qué podrá hacer con ellas?

  1. A Descargarlas.
  2. B Neutralizar su peligro.
  3. C Devolverlas a su origen.
  4. D Todas las respuestas anteriores son válidas. ✓

Respuesta correcta: D

Todas las respuestas anteriores son válidas.

Por qué

Si nadie le advirtió del peligro, el porteador puede descargar la mercancía, neutralizarla o devolverla al origen, y sin deber indemnización. La omisión del cargador es lo que le da ese margen tan amplio de reacción.

Normativa: Ley 15/2009, art. 24

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