En un transporte nacional de mercancías por carretera, ¿puede pactarse una indemnización superior a la estipulada por la ley para el caso de pérdida de la mercancía imputable al transportista?

  1. A En ningún caso.
  2. B Sí, contra el pago de un suplemento en el precio del transporte. ✓
  3. C Sí, no teniendo derecho el transportista a reclamar ningún suplemento en el precio del transporte por este motivo.
  4. D Solo cuando se trate de mercancías de valor elevado y contra el pago de un suplemento en el precio del transporte.

Respuesta correcta: B

Sí, contra el pago de un suplemento en el precio del transporte.

Por qué

Puede pactarse un límite superior a cambio de un suplemento en el precio. El porteador asume más riesgo, así que es razonable que cobre por ello.

Normativa: Ley 15/2009, art. 61

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