En un transporte internacional sometido al Convenio CMR, si un transportista tiene que abonar una indemnización por pérdida total o parcial de la mercancía, ¿cómo será calculada dicha indemnización?
- A Será calculada de acuerdo con el valor de la mercancía en destino, como en el transporte interior.
- B Será calculada de acuerdo con el valor que tenía la mercancía en el tiempo y lugar en que el transportista se hizo cargo de ella. ✓
- C Será calculada de acuerdo con el precio medio resultante de considerar los valores de la mercancía en origen y en destino.
- D Será calculada por peritos nombrados por ambas partes.
Respuesta correcta: B
Será calculada de acuerdo con el valor que tenía la mercancía en el tiempo y lugar en que el transportista se hizo cargo de ella.
Por qué
Se calcula por el valor en el tiempo y lugar en que el transportista se hizo cargo de la mercancía, igual que en el transporte nacional. Queda fuera el beneficio que el cargador esperaba obtener en destino.
Normativa: Convenio CMR, art. 23
Más preguntas de Derecho Civil
- En un transporte internacional sometido al Convenio CMR, en el caso de averías o pérdidas no…
- En un transporte internacional sometido al Convenio CMR que dé lugar a indemnización a quien…
- En un transporte internacional sometido al Convenio CMR, cuando no hay declaración de valor de…
- En un transporte internacional sometido al Convenio CMR, si el remitente entrega al…
- En un transporte internacional sometido al Convenio CMR, si no se ha convenido plazo para la…
- En un transporte internacional sometido al Convenio CMR, ¿cuándo se considera perdida una…