¿Cuál es el plazo reglamentario para ingresar las cuotas, dentro del período voluntario de recaudación en el Régimen General de la Seguridad Social?
- A En el mes siguiente al devengo. ✓
- B En el mismo mes que se trabaja.
- C En el trimestre el devengo.
- D A los 15 días del final del período de devengo.
Respuesta correcta: A
En el mes siguiente al devengo.
Por qué
En el mes siguiente al devengo. Las cuotas de enero se ingresan a lo largo de febrero.
Normativa: RD 1415/2004, art. 56
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