¿Cómo se formaliza el contrato de trabajo por tiempo determinado?
- A Solo puede realizarse de palabra.
- B Siempre ha de formalizarse por escrito.
- C Siempre ha de constar por escrito cuando supere las cuatro semanas de duración. ✓
- D Ha de constar por escrito sólo si supera los tres meses de duración.
Respuesta correcta: C
Siempre ha de constar por escrito cuando supere las cuatro semanas de duración.
Por qué
Por escrito cuando supere las cuatro semanas. Por debajo de ese umbral se admite la forma verbal.
Normativa: RD Legislativo 2/2015, art. 8
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