Caso práctico · Derecho Civil

Caso práctico 1A02077: La empresa de distribución de productos alimenticios NASE S.A. contrató con la empresa de

Enunciado

La empresa de distribución de productos alimenticios NASE S.A. contrató con la empresa de transportes AÑE S.L. el transporte de 10.000 Kg de diversas legumbres con la condición de que entregara la mercancía al día siguiente y de que se hiciera cargo de la carga y estiba de la mercancía. El transportista mostró su acuerdo y, para acelerar la carga y la hora de inicio del transporte, solicitó al cargador que le dejara, ese mismo día, estacionar el camión en el propio almacén y que le dejara apartar y colocar cerca del mismo las mercancías que se iban a transportar. Ese mismo día, antes de la hora del cierre del almacén, el transportista efectuó la carga de la mitad de las mercancías. Durante la noche se produjo un asalto al almacén con el resultado del robo de toda la mercancía que se encontraba en él, así como la del camión. El seguro del cargador se negó a incluir en la indemnización por el robo el valor de las mercancías que se encontraban en el camión por lo que el cargador le exigió dicha indemnización al transportista. En el transporte de mercancías indicado, el contrato pactado entre las partes establecía que la descarga en destino debía efectuarla el destinatario. No se establecía plazo para efectuarla, pero sí que el vehículo debía llegar a las 11:00 horas a destino. El vehículo llegó al lugar de la descarga a las 9:00, comenzando inmediatamente la descarga del mismo. La descarga finalizó a las 12:00. Por otro lado, revisando con el porteador la mercancía entregada, el destinatario anotó diversas averías producidas en la misma; el documento elaborado por el destinatario fue firmado por el porteador mostrando su acuerdo. Seis días después, el destinatario descubrió nuevas averías que no eran manifiestas en el momento de la inspección conjunta con el porteador. Las puso en su conocimiento y él se negó a responder de las mismas alegando que se hizo una inspección conjunta que se documentó por escrito y se firmó por ambas partes. RESPONDA A LAS SIGUIENTES CUESTIONES: A) ¿Debía indemnizar el transportista por la mercancía robada que se encontraba en el camión? B) ¿Podía entender el transportista que el destinatario había superado el plazo que la norma le otorga para la descarga? C) ¿Tenía razón AÑE S.L. al rechazar las reservas posteriores del destinatario?

  1. A A) Sí, ya que el porteador era responsable de guardar las mercancías desde que las recibió. Cuando se hace cargo de la carga, se entiende que las ha recibido desde que inicia las operaciones de carga. B) No, ya que el plazo de una hora comenzó a contarse desde el momento en la que las partes pactaron la entrega de la mercancía. C) No, ya que se había hecho previamente una inspección conjunta que se documentó por escrito y se firmó por ambas partes.
  2. B A) No, ya que las mercancías se encontraban en las instalaciones del cargador no habiéndose, materialmente, iniciado el transporte. B) Si, ya que, en la descarga, se superó el plazo de dos horas que establece la normativa. C) No, ya que en caso de averías y pérdidas no manifiestas, las reservas pueden formularse dentro de los siguientes siete días naturales a la entrega.
  3. C A) No, ya que las mercancías se encontraban en las instalaciones del cargador no habiéndose, materialmente, iniciado el transporte. B) No, ya que el plazo de una hora comenzó a contarse desde el momento en la que las partes pactaron la entrega de la mercancía. C) Sí, ya que en caso de averías y pérdidas no manifiestas, las reservas pueden formularse dentro de los siguientes cinco días naturales a la entrega.
  4. D A) Sí, ya que el porteador era responsable de guardar las mercancías desde que las recibió. Cuando se hace cargo de la carga, se entiende que las ha recibido desde que inicia las operaciones de carga. B) Si, ya que, en la descarga, se superó el plazo de una hora que establece la normativa. C) No, ya que se había hecho previamente una inspección conjunta que se documentó por escrito y se firmó por ambas partes.
  5. E A) No, ya que las mercancías se encontraban en las instalaciones del cargador no habiéndose, materialmente, iniciado el transporte. B) Si, ya que, en la descarga, se superó el plazo de una hora que establece la normativa. C) No, ya que se había hecho previamente una inspección conjunta que se documentó por escrito y se firmó por ambas partes.
  6. F A) Sí, ya que el porteador era responsable de guardar las mercancías desde que las recibió. Cuando se hace cargo de la carga, se entiende que las ha recibido desde que inicia las operaciones de carga. B) No, ya que el plazo de una hora comenzó a contarse desde el momento en la que las partes pactaron la entrega de la mercancía. C) No, ya que en caso de averías y pérdidas no manifiestas, las reservas pueden formularse dentro de los siguientes siete días naturales a la entrega. ✓
  7. G A) Sí, ya que el porteador era responsable de guardar las mercancías desde que las recibió. Cuando se hace cargo de la carga, se entiende que las ha recibido desde que inicia las operaciones de carga. B) No, ya que el plazo de una hora comenzó a contarse desde el momento en la que las partes pactaron la entrega de la mercancía. C) Sí, ya que en caso de averías y pérdidas no manifiestas, las reservas pueden formularse dentro de los siguientes cinco días naturales a la entrega.
  8. H A) No, ya que las mercancías se encontraban en las instalaciones del cargador no habiéndose, materialmente, iniciado el transporte. B) Si, ya que, en la descarga, se superó el plazo de una hora que establece la normativa. C) No, ya que en caso de averías y pérdidas no manifiestas, las reservas pueden formularse dentro de los siguientes siete días naturales a la entrega.

Respuesta correcta: F

A) Sí, ya que el porteador era responsable de guardar las mercancías desde que las recibió. Cuando se hace cargo de la carga, se entiende que las ha recibido desde que inicia las operaciones de carga. B) No, ya que el plazo de una hora comenzó a contarse desde el momento en la que las partes pactaron la entrega de la mercancía. C) No, ya que en caso de averías y pérdidas no manifiestas, las reservas pueden formularse dentro de los siguientes siete días naturales a la entrega.

Por qué (inicio)

El transportista sí debía indemnizar la mercancía robada del camión, porque responde de su custodia desde que la recibe y, cuando es él quien asume la carga, se entiende recibida desde que inicia…

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Normativa: Ley 15/2009, art. 22; Ley 15/2009, art. 60; OM FOM/1882/2012, Anexo, 5.3; OM FOM/1882/2012, Anexo, 6.10

Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.

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