Caso práctico · Derecho Social
Caso práctico 1C03013: La empresa MARCUSE S.L., dedicada al transporte por carretera, se está planteando la
Enunciado
La empresa MARCUSE S.L., dedicada al transporte por carretera, se está planteando la contratación indefinida de nuevo personal para hacer frente a un grupo de nuevos servicios para la que ha sido contratada. En concreto se plantea contratar 2 titulados de FP, grado superior, para oficinas y 1 ayudante de taller. La empresa quiere que todos los contratos contengan un período de prueba, con la duración máxima que permite la normativa vigente Los contratos se formalizarán por escrito y se pactarán por tiempo indefinido. RESPONDA A LAS SIGUIENTES CUESTIONES: ¿Cuál sería el período de prueba que contendrían los contratos? ¿Tiene el empresario alguna obligación respecto de la administración en relación con los nuevos contratos? ¿Tiene el empresario alguna obligación respecto de los trabajadores en relación con los nuevos contratos?
- A A) Seis meses para los técnicos titulados y dos meses para el ayudante de taller. B) Debe comunicar el contenido de los contratos laborales, a la oficina pública de empleo, en el plazo de los siete días siguientes a su concertación. C) Al ser de duración superior a cuatro semanas, el empresario debe informar por escrito de las normas básicas que rigen el centro de trabajo.
- B A) Seis meses para los técnicos titulados y tres meses para el ayudante de taller. B) Debe comunicar el contenido económico de los contratos laborales, a la Seguridad Social, en el plazo de los diez días siguientes a su concertación. C) Al ser de duración superior a cuatro semanas, el empresario debe informar por escrito de las condiciones de ejecución de la prestación laboral que no figuren en el contrato de trabajo formalizado por escrito.
- C A) Tres meses para los técnicos titulados y dos meses para el ayudante de taller. B) Debe comunicar el contenido de los contratos laborales, a la oficina pública de empleo, en el plazo de los siete días siguientes a su concertación. C) Al ser de duración superior a cuatro semanas, el empresario debe informar por escrito de las condiciones de ejecución de la prestación laboral que no figuren en el contrato de trabajo formalizado por escrito.
- D A) Seis meses para los técnicos titulados y dos meses para el ayudante de taller. B) Debe comunicar el contenido económico de los contratos laborales, a la Seguridad Social, en el plazo de los diez días siguientes a su concertación. C) Al ser de duración superior a cuatro semanas, el empresario debe informar por escrito de las normas básicas que rigen el centro de trabajo.
- E A) Tres meses para los técnicos titulados y dos meses para el ayudante de taller. B) Debe comunicar el contenido de los contratos laborales, a la oficina pública de empleo, en el plazo de los diez días siguientes a su concertación. C) Al ser de duración superior a cuatro semanas, el empresario debe informar por escrito de las condiciones de ejecución de la prestación laboral que no figuren en el contrato de trabajo formalizado por escrito.
- F A) Seis meses para los técnicos titulados y tres meses para el ayudante de taller. B) Debe comunicar el contenido de los contratos laborales, a la oficina pública de empleo, en el plazo de los siete días siguientes a su concertación. C) Al ser de duración superior a cuatro semanas, el empresario debe informar por escrito de las condiciones de ejecución de la prestación laboral que no figuren en el contrato de trabajo formalizado por escrito.
- G A) Tres meses para los técnicos titulados y dos meses para el ayudante de taller. B) Debe comunicar el contenido de los contratos laborales, a la oficina pública de empleo, en el plazo de los diez días siguientes a su concertación. C) Al ser de duración superior a cuatro semanas, el empresario debe informar por escrito de las normas básicas que rigen el centro de trabajo.
- H A) Seis meses para los técnicos titulados y dos meses para el ayudante de taller. B) Debe comunicar el contenido de los contratos laborales, a la oficina pública de empleo, en el plazo de los diez días siguientes a su concertación. C) Al ser de duración superior a cuatro semanas, el empresario debe informar por escrito de las condiciones de ejecución de la prestación laboral que no figuren en el contrato de trabajo formalizado por escrito. ✓
Respuesta correcta: H
A) Seis meses para los técnicos titulados y dos meses para el ayudante de taller. B) Debe comunicar el contenido de los contratos laborales, a la oficina pública de empleo, en el plazo de los diez días siguientes a su concertación. C) Al ser de duración superior a cuatro semanas, el empresario debe informar por escrito de las condiciones de ejecución de la prestación laboral que no figuren en el contrato de trabajo formalizado por escrito.
Por qué (inicio)
El periodo de prueba máximo es de seis meses para los técnicos titulados y de dos meses para el resto de los trabajadores, plazo que sube a tres meses solo en empresas de menos de veinticinco…
La explicación completa de este caso formará parte de la versión de pago: 29 € una sola vez, sin suscripción ni renovación, acceso hasta que apruebes.
Normativa: RDL 2/2015, art. 8; RDL 2/2015, art. 14
Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.
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