En el transporte nacional de mercancías por carretera, ante la avería de parte de los géneros transportados que impiden la utilización del resto de la carga no inutilizada, ¿qué puede hacer el consignatario?
- A El consignatario está autorizado al rechazo total del cargamento. ✓
- B El consignatario solo puede rechazar la mercancía averiada.
- C El consignatario está obligado siempre a aceptar la mercancía y reclamar 48 horas después.
- D El consignatario está obligado a aceptarlo y reclamar en el plazo de 8 días.
Respuesta correcta: A
El consignatario está autorizado al rechazo total del cargamento.
Por qué
Si la parte averiada inutiliza el resto, el consignatario puede rechazar el cargamento completo. Lo contrario le obligaría a quedarse con una mercancía que no le sirve para nada.
Normativa: Ley 15/2009, art. 54
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