Caso práctico · Derecho Civil

Caso práctico 1A02023: Un fabricante de monturas de gafas contrata a un transportista para que realice el

Enunciado

Un fabricante de monturas de gafas contrata a un transportista para que realice el transporte y distribución de 10 pedidos de sus clientes. Cada pedido está formado por 5 cajas de monturas. Dadas las dimensiones y peso de las cajas, no es necesario el uso de maquinaria alguna para su manipulación. A la llegada del vehículo con el que se va realizar el transporte al lugar de carga, se indica al conductor cuáles son los paquetes que componen el envío para que proceda a su carga en el vehículo. El conductor se niega alegando que no le corresponde esa labor ya que no se ha pactado previamente. La distancia entre el punto de origen del transporte y el primer punto de descarga es de 200 km: la hora a la que finalizó el conductor la carga fue a las 10:00 del viernes 3 de marzo, habiendo invertido una hora en la carga del vehículo. En el contrato no se pactó plazo de entrega, remitiéndose al plazo razonable que la normativa prevé para un porteador diligente. Se producen todas las entregas sin incidentes y con aceptación de los destinatarios ya que todas las cajas estaban en buen estado. Sin embargo, al abrir una de ellas, cinco días después, uno de los destinatarios encuentra que el 30% de las monturas tienen importantes desperfectos. Responda a las siguientes cuestiones: ¿Debe el conductor realizar la carga del vehículo? ¿Antes de qué hora debe hacerse entrega del primer envío? ¿Qué debe hacer el tercer destinatario respecto de los daños detectados en las mercancías?

  1. A A) Sí, ya que se trata de un transporte de paquetería. B) Antes de las 15:00 del viernes. C) Reclamar al cargador ya que han pasado más de cuatro días naturales desde la entrega.
  2. B A) No, ya que salvo pacto en contrario, las operaciones de carga debe realizarlas el cargador. B) Antes de las 9:00 del sábado. C) Únicamente puede reclamar ante la Junta Arbitral ya que han pasado más de tres días naturales desde la entrega.
  3. C A) Sí, ya que se trata de un transporte de paquetería. B) Antes de las 16:00 del viernes. C) Únicamente puede reclamar ante la Junta Arbitral ya que han pasado más de tres días naturales desde la entrega.
  4. D A) Sí, ya que se trata de un transporte de paquetería. B) Antes de las 12:00 del sábado. C) Reclamar al cargador ya que han pasado más de cuatro días naturales desde la entrega.
  5. E A) No, ya que salvo pacto en contrario, las operaciones de carga debe realizarlas el cargador. B) Antes de las 9:00 del sábado. C) Reclamar al porteador ya que no han pasado siete días naturales desde la entrega.
  6. F A) Sí, ya que se trata de un transporte de paquetería. B) Antes de las 9:00 del sábado. C) Reclamar al porteador ya que no han pasado siete días naturales desde la entrega. ✓
  7. G A) No, ya que salvo pacto en contrario, las operaciones de carga debe realizarlas el cargador. B) Antes de las 20:00 del viernes. C) Reclamar al porteador ya que no han pasado siete días naturales desde la entrega.
  8. H A) Sí, ya que se trata de un transporte de paquetería. B) Antes de las 20:00 del viernes. C) Reclamar al cargador ya que han pasado más de cuatro días naturales desde la entrega.

Respuesta correcta: F

A) Sí, ya que se trata de un transporte de paquetería. B) Antes de las 9:00 del sábado. C) Reclamar al porteador ya que no han pasado siete días naturales desde la entrega.

Por qué (inicio)

El conductor sí debe cargar: se trata de un transporte de paquetería, donde las operaciones de carga y descarga corresponden al porteador, invirtiendo la regla general; que no se pactara expresamente…

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Normativa: Ley 15/2009, art. 20; OM FOM/1882/2012, Anexo, 6.1; Ley 15/2009, art. 60

Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.

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