Caso práctico · Derecho Civil

Caso práctico 1A02025: La empresa URUMA S.L., fabricante de productos de vidrio, contrata los servicios de la

Enunciado

La empresa URUMA S.L., fabricante de productos de vidrio, contrata los servicios de la empresa HOP S.A. para realizar el transporte de un envío de sus productos hasta el establecimiento de un cliente. Ambas empresas pactan que la carga del vehículo se efectuará al día siguiente a partir de las 10:00 horas. El vehículo del transportista llega al almacén donde se van a efectuar las operaciones de carga a las 9:00, en ese momento se le comunica que el envío se está preparando ya que ha habido un problema con los embalajes. A las 12:00 aún no se ha comenzado la carga. El transportista comunica en ese momento que quiere desistir el contrato y reclama una indemnización a URUMA S.L. Una vez finalizada la carga y comprobado el buen estado de todos los embalajes, ambas partes firman una carta de porte y URUMA S.L. inicia el transporte. Durante el mismo HOP S.A. se pone en contacto con el conductor para indicarle que debe volver al punto inicial del transporte ya que ha habido un error al cargar bultos cuyo destino no corresponde con el del transporte que se está realizando. La comunicación se realiza por vía telefónica. En el contrato no se pactó ninguna cláusula de revisión del precio del transporte. El precio fue de 600 €. Se ha producido un incremento de un 2.5 % del precio del combustible entre el momento de la celebración del contrato y el de realización del transporte y el vehículo utilizado tiene una MMA de 10.000 kg. Responda a las siguientes cuestiones: ¿Puede desistir el transportista? En caso de que pueda desistir, ¿qué indemnización puede solicitar? ¿Puede el transportista negarse a acatar las nuevas instrucciones del cargador? ¿En cuánto varía el precio del transporte?

  1. A A) Sí puede desistir, la indemnización sería el precio del transporte previsto. B) Sí, ya que formalmente el ejercicio del derecho de disposición tiene que documentarse en el primer ejemplar de la carta de porte que debe presentar al porteador. C) En nada ya que el incremento de precio producido es inferior al 5%. ✓
  2. B A) No puede desistir pero sí solicitar una indemnización paralización. B) Sí, ya que formalmente el ejercicio del derecho de disposición tiene que documentarse en el primer ejemplar de la carta de porte que debe presentar al porteador. C) En 9,2 €.
  3. C A) Sí puede desistir, la indemnización sería la correspondiente a una paralización de 4 horas. B) No, ya que el cargador ha ejercido el derecho de disposición sobre las mercancías que le otorga la norma. C) En nada ya que no se pactó la revisión por escrito en el contrato.
  4. D A) Sí puede desistir, la indemnización sería el 50 % del precio del transporte previsto. B) Sí, ya que formalmente el ejercicio del derecho de disposición tiene que documentarse en el primer ejemplar de la carta de porte que debe presentar al porteador. C) En 10,2 €.
  5. E A) No puede desistir pero si solicitar una indemnización paralización. B) Sí, ya que formalmente el ejercicio del derecho de disposición tiene que documentarse en el primer ejemplar de la carta de porte que debe presentar al porteador. C) En nada ya que el incremento de precio producido es inferior al 5%.
  6. F A) Sí puede desistir, la indemnización sería el precio del transporte previsto. B) No, ya que el cargador ha ejercido el derecho de disposición sobre las mercancías que le otorga la norma. C) En 7,2 €.
  7. G A) Sí puede desistir, la indemnización sería la correspondiente a una paralización de 4 horas. B) Sí, ya que formalmente el ejercicio del derecho de disposición tiene que documentarse en el primer ejemplar de la carta de porte que debe presentar al porteador. C) En 8,2 €.
  8. H A) No puede desistir pero sí solicitar una indemnización paralización. B) Sí, ya que formalmente el ejercicio del derecho de disposición tiene que documentarse en el primer ejemplar de la carta de porte que debe presentar al porteador. C) En nada ya que no se pactó la revisión por escrito en el contrato.

Respuesta correcta: A

A) Sí puede desistir, la indemnización sería el precio del transporte previsto. B) Sí, ya que formalmente el ejercicio del derecho de disposición tiene que documentarse en el primer ejemplar de la carta de porte que debe presentar al porteador. C) En nada ya que el incremento de precio producido es inferior al 5%.

Por qué (inicio)

El transportista sí puede desistir: pactada la carga a partir de las 10:00 y sin haberse iniciado a las 12:00, ha transcurrido el tiempo de espera exigible y puede dar por terminado el contrato, con…

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Normativa: Ley 15/2009, art. 19; Ley 15/2009, art. 30; Ley 15/2009, art. 38

Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.

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