Caso práctico · Derecho Civil

Caso práctico 1A02024: La empresa CUD S.L., distribuidora de elementos de decoración, contrata a la empresa FER

Enunciado

La empresa CUD S.L., distribuidora de elementos de decoración, contrata a la empresa FER S.L. para que se encargue de realizar el transporte de un envío de sus productos. Ambas empresas acuerdan que el porteador se presente a recoger la mercancía a las 8:00 horas del día siguiente, en el domicilio social del cargador. El precio acordado es de 550 € que serán abonados una vez entregada la carga. El vehículo de FER S.L. se presenta a recoger la mercancía a las 12:00 horas de la mañana del día siguiente. Una vez finalizada la carga del vehículo, CUD S.L. entrega al conductor del vehículo una declaración en la que especifica que ha entregado 85 bultos en perfecto estado con un total de 1.000 figuras de madera idénticas. El conductor, ante la diversidad de dimensiones y formas de los bultos entregados, cree que la declaración de que todas las figuras son idénticas puede no ser cierta y, por tanto, el número de figuras entregadas debe ser comprobado. Además, algunos de los bultos presentan golpes y manchas. Solicita, entonces, verificar el contenido de los bultos, negándose a ello el cargador. Al llegar al destino indicado por el cargador, el transportista se encuentra con el establecimiento cerrado. Puesto en contacto con CUD S.L., el conductor recibe nuevas instrucciones indicándole que la descarga debe realizarla en un nuevo punto y que los gastos ocasionados por el cambio de destino deben ser asumidos por el destinatario al no haber comunicado al cargador que su almacén se encontraba cerrado. Responda a las siguientes cuestiones: ¿Qué puede hacer CUD S.L. ante el incumplimiento de la hora de puesta a disposición del vehículo por parte del porteador? ¿Que puede hacer el conductor ante la negativa del cargador a verificar los bultos? ¿Es correcta la afirmación del cargador respecto de los gastos por cambio de destino?

  1. A A) Puede instar al transportista a ejecutar el contrato pactado y solicitarle una indemnización por retraso. B) Rechazar formalmente la carga y solicitar una nueva declaración del cargador con el aumento de precio correspondiente. C) No, ya que en caso de no realizarse la entrega y dar el porteador nuevas instrucciones, éste tiene derecho a exigir del cargador el pago de los gastos y perjuicios que le ocasionen la ejecución de esas instrucciones.
  2. B A) Únicamente puede, si ha tenido perjuicios, reclamar una indemnización por paralización al transportista. B) Desistir del transporte y solicitar como indemnización el precio pactado. C) No, ya que en caso de no realizarse la entrega y dar el porteador nuevas instrucciones, éste tiene derecho a exigir del cargador el pago de los gastos y perjuicios que le ocasionen la ejecución de esas instrucciones.
  3. C A) Puede desistir del contrato y encomendar el transporte a otro porteador. Además, si ha tenido perjuicios, puede reclamar una indemnización al primer transportista. B) Rechazar todos aquellos bultos que no coincidan con lo declarado por el cargador (diferentes en forma y tamaño o con desperfectos) y comunicárselo inmediatamente. C) Sí, ya que en caso de no realizarse la entrega por causa imputable al destinatario, el porteador tiene derecho a exigirle el pago de los gastos y perjuicios que le ocasionen la ejecución de las instrucciones que reciba del cargador para la entrega efectiva.
  4. D A) Puede desistir del contrato y encomendar el transporte a otro porteador. Además, si ha tenido perjuicios, puede reclamar una indemnización al primer transportista. B) Rechazar todos aquellos bultos que no coincidan con lo declarado por el cargador (diferentes en forma y tamaño o con desperfectos) y comunicárselo inmediatamente. C) No, ya que en caso de no realizarse la entrega y dar el porteador nuevas instrucciones, éste tiene derecho a exigir del cargador el pago de los gastos y perjuicios que le ocasionen la ejecución de esas instrucciones. ✓
  5. E A) Únicamente puede, si ha tenido perjuicios, reclamar una indemnización por paralización al transportista. B) Rechazar formalmente la carga y solicitar una nueva declaración del cargador con el aumento de precio correspondiente. C) No, ya que en caso de no realizarse la entrega y dar el porteador nuevas instrucciones, éste tiene derecho a exigir del cargador el pago de los gastos y perjuicios que le ocasionen la ejecución de esas instrucciones.
  6. F A) Puede desistir del contrato y encomendar el transporte a otro porteador. Además, si ha tenido perjuicios, puede reclamar una indemnización al primer transportista. B) Desistir del transporte y solicitar como indemnización el precio pactado. C) Sí, ya que los gastos ocasionados son consecuencia directa de la actuación del destinatario.
  7. G A) Puede instar al transportista a ejecutar el contrato pactado y solicitarle una indemnización por retraso. B) Cobrar un precio extra por todos aquellos bultos que no coincidan con lo declarado por el cargador (diferentes en forma y tamaño o con desperfectos) y comunicárselo inmediatamente. C) No, ya que en caso de no realizarse la entrega y dar el porteador nuevas instrucciones, éste tiene derecho a exigir del cargador el pago de los gastos y perjuicios que le ocasionen la ejecución de esas instrucciones.
  8. H A) Puede desistir del contrato y encomendar el transporte a otro porteador. Además, si ha tenido perjuicios, puede reclamar una indemnización al primer transportista. B) Rechazar formalmente la carga y solicitar una nueva declaración del cargador con el aumento de precio correspondiente. C) Sí, ya que en caso de no realizarse la entrega por causa imputable al destinatario, el porteador tiene derecho a exigirle el pago de los gastos y perjuicios que le ocasionen la ejecución de las instrucciones que reciba del cargador para la entrega efectiva.

Respuesta correcta: D

A) Puede desistir del contrato y encomendar el transporte a otro porteador. Además, si ha tenido perjuicios, puede reclamar una indemnización al primer transportista. B) Rechazar todos aquellos bultos que no coincidan con lo declarado por el cargador (diferentes en forma y tamaño o con desperfectos) y comunicárselo inmediatamente. C) No, ya que en caso de no realizarse la entrega y dar el porteador nuevas instrucciones, éste tiene derecho a exigir del cargador el pago de los gastos y perjuicios que le ocasionen la ejecución de esas instrucciones.

Por qué (inicio)

Ante el retraso de cuatro horas en la puesta a disposición del vehículo, el cargador puede desistir del contrato y encomendar el transporte a otro porteador, y además reclamar al primero una…

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Normativa: Ley 15/2009, art. 18; Ley 15/2009, art. 36; Ley 15/2009, art. 27

Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.

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